jueves, 25 de febrero de 2016

INFORME DE GESTIÓN DE MIS RESIDUOS PELIGROSOS

Objetivo del informe

Nuestro objetivo en el informe, es conseguir mostrar la correcta gestión de residuos peligrosos que produce nuestra empresa ficticia  y conseguir hacerlo de la manera más eficiente y rápida, siempre dentro de los plazos que se nos permite movernos tanto a nivel de almacenamiento de residuos y trámites a realizar.

Alcance del informe

En este informe intentaremos explicar de una manera sencilla y concisa todos los procedimientos, como son el almacenamiento, envasado, etiquetado, elección del gestor, trámites administrativos que tenemos que realizar y proceso de gestión de un residuo. Ya que para una correcta gestión es necesario tener conocimiento de todos los campos antes mencionados.

CONCEPTOS A CERCA DE LOS RESIDUOS

En este informe se hablará del proceso a seguir por nuestra empresa ficticia y los residuos peligrosos que generamos. Pero a la hora de realizar este proceso nos surgieron diferentes preguntas, ¿Qué diferencia existe entre un residuo y un residuo peligroso?, ¿Qué es ser un productor de residuos peligrosos?, ¿Qué es un gestor de residuos? Todas estas preguntas y otras nos fueron respondidas a la hora de alcanzar el buen manejo de los siguientes conceptos:

DEFINICIÓN DE RESIDUOS. Se define “residuo”, según el artículo 3 de la Ley 22/11, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados, a cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar.


DEFINICIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS. Se define “Residuos peligrosos”, según el artículo 3 de la Ley 22/11, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados como aquel residuo que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en el anexo III, y aquél que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte, así como los recipientes y envases que los hayan contenido.


PRODUCTOR DE RESIDUOS. Se denomina “productor de residuos”, según el artículo 3 de la Ley 22/11, de 2 de julio, de Residuos, a cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos. En el caso de las mercancías retiradas por los servicios de control e inspección en las instalaciones fronterizas se considerará productor de residuos al representante de la mercancía, o bien al importador o exportador de la misma.

El productor de residuos peligrosos se clasifica teniendo en cuenta la cantidad que genere anualmente de este tipo de residuos:

PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS aquellos que generan más de 10.000 kg de este tipo de residuos al año.


PEQUEÑOS PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS aquellos que generan menos de 10.000 kg de este tipo de residuos al año.


GESTOR DE RESIDUOS. Se denomina “gestor de residuos”, según el artículo 3 de la Ley 22/11, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados, a la persona o entidad, pública o privada, registrada mediante autorización o comunicación que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.

ELECCIÓN DE TIPO DE PRODUCTOR Y OBLIGACIONES QUE TENDREMOS QUE CUMPLIR

A la hora de analizar nuestra empresa, gracias a los anteriores conceptos, nos inscribiremos como pequeños productores de residuos peligrosos, debido a que tenemos una empresa pequeña que no alcanza las 10 Tn/año.

Con la inscripción como pequeños productores de residuos peligrosos, vienen asociada ciertas obligaciones que debemos cumplir:

Comunicación previa a la Comunidad Autónoma: Para cumplir la obligación según la normativa vigente en materia de residuos, como  productor debemos comunicar, previamente a la Comunidad Autónoma, que va a realizar una actividad que genere residuos.

Libro de Registro: Llevaremos un registro de residuos generados y a donde son enviados.


Documentación necesaria para el traslado de residuos:

 Documento de aceptación (DA)





Notificación de traslado (NT)




Documento de control y seguimiento (DCS)

 


Estudio de minimización: Como productores nos debemos comprometer a reducir lo máximo posible la producción de residuos, para ello tenemos que establecer un estudio de minimización en el que tenemos que establecer unos objetivos a cumplir y unas actividades a llevar a cabo para la consecución de los objetivos. A la hora de establecer los objetivos establecemos que:

       Disminuir la cantidad de residuos generados en el laboratorio.

 Facilitar y promover una responsabilidad ambiental comprometida con la disminución del                    impacto        ambiental.

-                     Sustituir algunas sustancias por otras menos contaminantes.

      Para la consecución de estos objetivos, llevaremos a cabo las siguientes actividades:
-            
                     Utilizar en las prácticas solo la cantidad estrictamente necesaria de sustancias para la realización          de las prácticas.

-                  Capacitar a todo el personal en el manejo de residuos peligrosos.

-                    Realizar un listado de las sustancias utilizadas y evaluar la viabilidad de sustituirlas.


Envasar e identificar correctamente los residuos.

IDENTIFICACIÓN, ALMACENAMIENTO, ENVASADO Y ETIQUETADO DE LOS RESIDUOS

Una vez teniendo clara las obligaciones que tenemos que cumplir, debemos empezar con la clasificación de nuestros residuos peligrosos, aquí dejamos un ejemplo de cómo deberíamos hacer la clasificación según el código de la Lista Europea de Residuos (Código LER), y el código nacional establecido en el RD 833/1988, aquí mostramos un ejemplo con tres residuos peligrosos que produce nuestra empresa:



RESIDUOS

NOMBRE ASIGNADO POR LA LISTA EUROPEA DE RESIDUOS


CÓDIGO LER



CÓDIGO NACIONAL

Reactivos
Residuos inorgánicos que contengan sustancias peligrosas

160303*

Q7//D9//L26-27//C11//H6-14//A930//B9307
Ácidos Orgánicos
Otros residuos de reacción y destilación

070108*

Q7//D9//L6//C41//H5//A930//B9307
Compuestos Químicos
Permanganatos, por ejemplo, permanganato potásico

160901*

Q7//D9//L6//C40//H8//A930//B9307

Después de identificar los residuos, procederemos a su almacenamiento, para lo que tenemos que tener en cuenta las siguientes actividades para realizarlo correctamente:

Deberemos disponer de zonas de almacenamiento de los residuos tóxicos y peligrosos para su gestión posterior, bien en nuestra propia instalación, siempre que esté debidamente autorizada, o bien que decidamos ceder a una entidad gestora de estos residuos.

Tanto la actividad de almacenaje y nuestras instalaciones deben estar adecuadas para cumplir con la legislación vigente, así como el tiempo máximo de almacenamiento como productores; salvo que se nos conceda una autorización especial; no puede exceder los 6 meses.

Como productores estamos obligados, como mencionamos anteriormente, a llevar un registro de los residuos peligrosos.  Nuestro registro debe constar de los siguientes

 En este registro deberá constar:

 Origen de los residuos (en nuestro caso son de generación propia)

 Cantidades, naturaleza y código de identificación de los residuos

 Fecha de cesión de los residuos.

 Fecha y descripción, en su caso, de los pre-tratamientos que realizamos.

 Fecha de inicio y finalización del almacenamiento que realizamos, en nuestro caso; como 
 productores; es un almacenamiento temporal.

 Fecha y nº de la partida arancelaria (sólo en caso de importemos los residuos).

 Fecha y descripción de las operaciones de tratamiento, en caso de que estemos tanto capacitados y      autorizados para realizar operaciones de gestión de residuos.

 Frecuencia de recogida y medio de transporte. Anualmente como productores de residuos tóxicos y    peligrosos deberemos declarar a la Comunidad Autónoma, y por su mediación a la Dirección              General del Medio Ambiente del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, el origen y cantidad de  los residuos producidos, el destino dado a cada uno de ellos y la relación de los que se encuentren      almacenados temporalmente, así como las incidencias relevantes acaecidas en el año inmediatamente  anterior.


Una vez que hemos dejado claro las actividades que tenemos que cumplir para el almacenamiento de los residuos, pero los residuos no pueden ser almacenados de cualquier manera, tienen que ser correctamente envasados y etiquetados, para lo que tenemos que realizar diferentes procedimientos los cuales relataremos a continuación:

Los envases como sus cierres que usemos, estarán concebidos y realizados de forma que se evite cualquier pérdida de contenido y construidos con materiales no susceptibles de ser atacados por el contenido ni de formar con éste combinaciones peligrosas.

Los envases y sus cierres serán sólidos y resistentes para responder con seguridad a las manipulaciones necesarias y se mantendrán en buenas condiciones, sin defectos estructurales y sin fugas aparentes.

Tanto en nuestro envasado como en nuestro almacenamiento de los residuos tóxicos y peligrosos se hará de forma que se evite generación de calor, explosiones, igniciones, formación de sustancias tóxicas o cualquier efecto que aumente su peligrosidad o dificulte su gestión.

Por último debemos etiquetar nuestros residuos y tenemos que tener claro la forma de etiquetar los envases de los residuos, el cual realizaremos de la siguiente manera:

Código de identificación de los residuos que contiene

Nombre, dirección y teléfono del titular de los residuos

Fecha de envasado

Naturaleza de los riesgos mediante pictogramas

Número UN

La etiqueta debe ser firmemente fijada sobre el envase, debiendo ser anuladas, si fuera necesario, indicaciones o etiquetas anteriores, de forma que no induzcan a error o desconocimiento del origen y contenido del envase en ninguna operación posterior del residuo. El tamaño de la etiqueta debe tener como mínimo las dimensiones de 10x10 cm.

Ejemplo de etiqueta de residuos peligrosos


                   

PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS

Para la correcta gestión de residuos, tendremos que ponernos en contacto con un gestor autorizado por su propia Comunidad Autónoma mediante una resolución del órgano ambiental de la misma. Como pequeños productores la forma más habitual y cómoda de actuar con el gestor, es que este pase por sus instalaciones para efectuar la recogida de nuestros residuos.

Para actuar con el gestor necesitamos, necesitamos los documentos mostrados anteriormente, pero el principal es el Documento de Aceptación (DA), sin el cual no podrá empezar el  gestor con las actividades de gestión.

En nuestro caso el gestor EUROPEA CRT que se encuentra en Cartagena (Murcia), porque gestiona los tres residuos que hemos mostrado con anterioridad  para conseguir la valoración de los mismos.
A continuación mostraremos los pasos a seguir de unos de nuestros residuos, el cual mostraremos como ejemplo, en los procesos de gestión. El residuo que hemos elegido para mostrar los pasos que se deben seguir con el gestor es el 160303* (NitraVer 5 Nitrato):

Alcance/Objetivo:

          Valorización

 Forma correcta de almacenamiento:

          Nave abierta, también se podemos almacenar nosotros, pero no tenemos ninguna zona                         habilitada para su almacenamiento.

Envases a utilizar:

          Bidón de 200 L metálico/polietileno o contenedor de 7 m3 metálico/CRG 1 m3 polietileno.


Bidón de polietileno con capacidad de 200 L

                                                            Resultado de imagen de bidon de 200 l residuos peligrosos

Contenedor CRG 1 m3

Cubeto Retenedor 1 GRG - IBC 1000 Litros


  Etiquetado de los envases:

         Código de identificación de los residuos que contiene

         Nombre, dirección y teléfono del titular de los residuos

         Fecha de envasado

         Naturaleza de los riesgos mediante pictogramas

         Número UN

         La etiqueta debe ser firmemente fijada sobre el envase, debiendo ser anuladas, si fuera                        necesario, indicaciones o etiquetas anteriores, de forma que no induzcan a error o                                  desconocimiento del origen y contenido del envase en ninguna operación posterior del residuo.
         El tamaño de la etiqueta debe tener como mínimo las dimensiones de 10x10 cm.

 Documentos asociados a los residuos, a su transporte y entrega al gestor:

          Necesitamos el Documento de aceptación (DA). La contestación al documento de admisión por           parte del gestor será como máximo en un mes.

          Realizaremos un preaviso del traslado, con un mínimo de 10 días, con la notificación previa al             traslado (NTP).

          El gestor nos cubrirá el Documentos de control y seguimiento (DCS), ya que es un mismo                   productor para recoger varios residuos.

          Ambos, tanto productor como gestor  firmaremos el DCS

          El gestor es el encargado de distribuir las copias del DCS